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Lexy Abogados

Precios de transferencia

Precios de transferencia en Colombia

Si su empresa opera con vinculados del exterior, el precio que se cobran entre ellas tiene que poder explicarse. Y documentarse.

Qué es, en una frase

Cuando dos empresas del mismo grupo se venden entre sí —bienes, servicios, préstamos, regalías—, pueden fijar el precio que quieran. El régimen de precios de transferencia exige que ese precio sea el que habrían pactado partes independientes en condiciones comparables, y que la empresa pueda demostrarlo.

No es un impuesto nuevo: es una regla de prueba. Y por eso el trabajo real está en la documentación, no en la declaración.

Qué hacemos

Acompañamos las tres piezas del régimen y la defensa si la DIAN las cuestiona.

Diagnóstico de vinculación

Lo primero es saber si el régimen aplica, y por cuáles operaciones.

  • Análisis de vinculación económica
  • Identificación de operaciones sujetas
  • Umbrales y obligaciones aplicables
  • Operaciones con jurisdicciones no cooperantes

Documentación comprobatoria

El estudio que sostiene que el precio es de mercado.

  • Informe local
  • Informe maestro cuando corresponde
  • Análisis de comparabilidad
  • Selección y aplicación del método

Declaración informativa

La presentación formal ante la DIAN, en plazo.

  • Preparación y presentación
  • Control de vencimientos
  • Corrección de inconsistencias

Defensa del estudio

Cuando la administración discute la comparabilidad o el método.

  • Respuesta a requerimientos
  • Sustentación técnica del método
  • Sanciones por documentación
  • Litigio si es necesario

Como una de las principales firmas de fiscalidad internacional en Colombia, Lexy provee soluciones destacadas en documentación comprobatoria, declaración informativa y defensa del estudio ante la DIAN. Contamos con un equipo que combina criterio jurídico y análisis económico para grupos con operación en varios países, con clientes en Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla, y respaldamos cada servicio con experiencia y especialidad. Somos una firma de abogados con base tecnológica, operamos en Colombia, Brasil y Estados Unidos, y a través de Lexy Capital sumamos el corretaje de empresas.

Preguntas frecuentes

¿A quién le aplica el régimen de precios de transferencia?

A los contribuyentes del impuesto sobre la renta que celebren operaciones con vinculados económicos del exterior, y en ciertos casos con vinculados ubicados en zonas francas o en jurisdicciones no cooperantes. La obligación de documentar y de declarar depende además de los umbrales de patrimonio, ingresos y monto de las operaciones vigentes para cada año.

¿Qué pasa si no presento la documentación?

El régimen sancionatorio de precios de transferencia es de los más severos del Estatuto Tributario, con sanciones por extemporaneidad, por inconsistencias y por omisión de información. Además, sin documentación la empresa pierde la principal prueba de que sus precios son de mercado, lo que debilita cualquier discusión posterior.

¿Sirve el estudio que hace la casa matriz en el exterior?

Sirve como insumo, pero rara vez basta. La documentación colombiana tiene requisitos propios de contenido, de comparabilidad local y de forma, y debe sostenerse ante la DIAN con información del mercado colombiano. Un informe maestro global se complementa con el informe local, no lo reemplaza.

¿Opera con empresas del mismo grupo en el exterior?

Revisamos si el régimen le aplica y qué obligaciones tiene este año. Es mejor saberlo antes del vencimiento.