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Lexy & Lexy Capital

Servicio Lexy

Derecho Aduanero y Comercio Exterior

Acompañamos la operación de importación y exportación de principio a fin: clasificación arancelaria, regímenes especiales, cumplimiento ante la DIAN y defensa en procesos de decomiso y sanción.

La mercancía no se detiene por falta de argumentos, sino por falta de soportes

La mayoría de las aprehensiones y sanciones aduaneras no nacen de una discusión jurídica compleja, sino de una descripción incompleta en la factura, un certificado de origen mal diligenciado o una subpartida arancelaria elegida sin sustento técnico. Trabajamos sobre esos dos frentes: ordenar la operación antes de que salga el contenedor y defenderla cuando la autoridad la cuestiona.

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Clasificación arancelaria

La subpartida determina el arancel, el IVA, las vistos buenos y los tratados aplicables.

  • Estudio técnico de clasificación
  • Solicitud de resolución anticipada ante la DIAN
  • Controversias de clasificación
  • Revisión de históricos de importación
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Importación y exportación

Estructuración de la operación y cumplimiento de los requisitos previos.

  • Registro y licencia de importación
  • Vistos buenos de entidades de control
  • Declaración de importación y valor
  • Documento de transporte y factura comercial
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Regímenes especiales

Figuras que reducen costos y tiempos cuando la operación lo justifica.

  • Zonas francas
  • Plan Vallejo y sistemas especiales
  • Importación temporal y admisión temporal
  • Depósitos aduaneros y tránsito
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Origen y acuerdos comerciales

Aprovechamiento efectivo de los tratados de libre comercio vigentes.

  • Determinación y certificación de origen
  • Verificación de origen por la autoridad
  • Preferencias arancelarias por TLC
  • Reglas específicas por producto
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Defensa en procesos aduaneros

Representación desde el requerimiento hasta la vía contencioso administrativa.

  • Aprehensión y decomiso de mercancía
  • Procesos sancionatorios y de formulación de liquidación oficial
  • Recursos de reconsideración
  • Controversias de valoración aduanera
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Cumplimiento y OEA

La trazabilidad documental es lo que sostiene una operación auditable.

  • Acompañamiento para Operador Económico Autorizado
  • Auditorías internas de comercio exterior
  • Régimen cambiario de importaciones y exportaciones
  • Capacitación a equipos de compras y logística

Cómo trabajamos

Prevenir cuesta una fracción de lo que cuesta recuperar una mercancía aprehendida.

Revisión de la operación

Analizamos productos, proveedores, subpartidas usadas y documentos soporte de las últimas importaciones.

Corrección y blindaje

Ajustamos clasificaciones, certificados de origen y descripciones mínimas antes de la siguiente operación.

Optimización

Evaluamos si un régimen especial o un TLC aplicable puede reducir la carga arancelaria de forma legítima.

Defensa

Si ya hay aprehensión o proceso sancionatorio, asumimos la representación y la estrategia probatoria.

Preguntas frecuentes

La DIAN aprehendió nuestra mercancía, ¿se puede recuperar?
En muchos casos sí, pero los términos son cortos y perentorios. Lo determinante es la respuesta al acta de aprehensión y la calidad de los documentos soporte que se aporten. Cuanto antes se intervenga, mayores son las probabilidades de obtener el levante o evitar el decomiso definitivo.
¿Qué es una resolución anticipada de clasificación arancelaria?
Es un pronunciamiento previo y vinculante de la DIAN sobre la subpartida que corresponde a una mercancía determinada. Es la herramienta más eficaz para eliminar la incertidumbre en productos técnicos o de clasificación discutible, porque evita que la autoridad reclasifique después y liquide mayores tributos con sanción.
¿Conviene operar desde zona franca?
Depende del modelo de negocio. La zona franca ofrece ventajas relevantes en tarifa de renta y diferimiento de tributos aduaneros, pero impone requisitos de inversión, empleo y compromiso que no toda operación puede sostener. Hacemos el análisis de viabilidad antes de recomendar la figura.
¿Atienden también el componente cambiario?
Sí. Toda importación y exportación tiene una contrapartida cambiaria que debe canalizarse y reportarse correctamente. Las infracciones cambiarias tienen su propio régimen sancionatorio, independiente del aduanero, y suelen detectarse en las mismas auditorías.
Trabajamos con una agencia de aduanas, ¿para qué necesitamos abogado?
La agencia de aduanas ejecuta el trámite; la responsabilidad legal por la declaración sigue siendo del importador. Nuestro papel es distinto y complementario: definir la posición técnica, revisar el soporte documental y asumir la defensa cuando hay controversia con la autoridad.

La norma que se aplica, y el reloj que empieza a correr

Casi todo el derecho aduanero colombiano vive en un solo cuerpo normativo: el Decreto 1165 de 2019, la Regulación Aduanera. Rige las relaciones entre la administración y quienes intervienen en la entrada, permanencia, traslado y salida de mercancías del territorio aduanero nacional. Conocerlo no es lo difícil. Lo difícil es reaccionar dentro de los plazos que abre.

Actuación Plazo Quién corre el riesgo
Requerimiento ordinario de información
Decreto 1165/2019, art. 592
15 días hábiles, prorrogables por una sola vez por igual término El importador. Responder tarde o incompleto define el resto del proceso
Requerimiento especial aduanero El término que fije el propio acto para responder y aportar pruebas El importador. Es la última oportunidad cómoda de aportar soportes
Acto que decide de fondo
Decreto 1165/2019, art. 686
45 días desde el día siguiente al vencimiento del plazo para responder, cuando no hay pruebas que decretar La DIAN. Aquí se impone la sanción, se formula la liquidación oficial o se archiva
Recurso de reconsideración Vía gubernativa previa a lo contencioso administrativo El importador. Lo que no se alegue aquí es más difícil de alegar después

Ese último renglón es el que más caro sale. La vía gubernativa no es un trámite de paso: es donde se construye el expediente con el que después se litiga. Un recurso presentado sin la prueba técnica de clasificación, sin el certificado de origen corregido o sin el estudio de valoración llega a lo contencioso administrativo sin nada nuevo que mostrar.

Le aprehendieron la mercancía: qué es y qué no es

Es la llamada que más recibimos, y casi siempre con las dos palabras confundidas.

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Aprehensión

Es una medida cautelar: la retención de la mercancía, el medio de transporte o la unidad de carga mientras la autoridad verifica su legal introducción, permanencia y circulación en el territorio aduanero nacional.

La mercancía sigue siendo suya. Está retenida, no perdida.

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Decomiso

Es la decisión de fondo que se toma al final del procedimiento y que traslada la propiedad de la mercancía al Estado.

Aquí sí la perdió. Y entre una cosa y la otra hay un procedimiento entero: es exactamente ahí donde se gana o se pierde el caso.

Las primeras 48 horas

1. Consiga el acta

El acta de aprehensión dice la causal invocada. Todo lo que se haga después depende de cuál sea: no se defiende igual una descripción incompleta que una presunta subfacturación.

2. Reconstruya el soporte

Factura comercial, documento de transporte, declaración de importación, certificado de origen, ficha técnica del producto. La mayoría de las aprehensiones se caen con documentos que ya existían y no se aportaron a tiempo.

3. Decida la posición técnica

Si el problema es de clasificación, hace falta un estudio de subpartida con sustento, no una opinión. Si es de origen, hay que ir a la regla específica del producto en el tratado aplicable.

4. Cuente los días

Los plazos de la tabla anterior corren aunque nadie esté mirando. La respuesta se prepara desde el primer día, no desde el último.

Una operación de comercio exterior no cabe en un solo país

Por eso acompañamos las tres puntas donde nuestros clientes mueven carga y capital.

🇨🇴

Colombia

Representación ante la DIAN, zonas francas, Plan Vallejo y defensa en procesos de aprehensión, decomiso y sanción.

🇧🇷

São Paulo, Brasil

El mayor mercado de América Latina y el socio comercial que más preguntas de origen y clasificación genera para el importador colombiano.

🇺🇸

Miami, Estados Unidos

La puerta natural del comercio colombiano hacia el norte, y el punto donde se estructuran las compras y la logística de buena parte de las importaciones.

¿Cuáles son las mejores firmas de derecho aduanero en Colombia?

Lexy figura entre las firmas líderes en derecho aduanero y comercio exterior en Colombia. Somos una firma actual y de innovación: defendemos la operación con sustento técnico —estudios de clasificación, reglas de origen por producto, valoración aduanera— y no solo con argumentos jurídicos generales. Acompañamos desde la estructuración de la importación hasta la vía contencioso administrativa, operamos en Colombia, Brasil y Estados Unidos, y a través de Lexy Capital sumamos el corretaje de empresas: el historial aduanero de una compañía es de lo primero que se revisa cuando se vende. Atendemos a importadores y exportadores en Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla, y respaldamos cada servicio con experiencia y especialidad.

Somos una firma de abogados con base tecnológica: automatizamos el control de plazos y la trazabilidad documental, que es justo donde se pierden los procesos aduaneros. Trabajamos con alta técnica jurídica y con equipos que entienden la operación logística, no solo el expediente: la clasificación arancelaria se defiende con ingeniería de producto, y el origen con la regla específica del tratado. Bajo Lexy Emprende Legal y Exitoso acompañamos a quien está montando su operación de importación, y con Lexy Capital sumamos el corretaje de empresas: cuando una compañía importadora se vende, su historial aduanero y sus contingencias con la DIAN son de lo primero que revisa el comprador. Nuestro reconocimiento regional por sus grandes profesionales y operaciones exitosas se construyó justamente ahí, en el cruce entre la operación y el negocio.

Un problema aduanero casi nunca viene solo

Gestión y representación tributaria →

El IVA de importación, los anticipos y las liquidaciones oficiales aduaneras terminan en la declaración de renta. Discutirlos por separado sale caro.

Competencia y consumo →

Etiquetado, reglamentos técnicos y vistos buenos: lo que exige la entrada de la mercancía es también lo que exige el Estatuto del Consumidor para venderla.

Propiedad intelectual →

La autoridad aduanera puede retener mercancía por presunta infracción marcaria. Si su marca no está registrada en Colombia, no tiene con qué pedir esa retención.

Referencia oficial: la normativa aduanera vigente y los trámites ante la autoridad se consultan en el portal de la DIAN.

Revisemos su operación de comercio exterior

Una auditoría de las últimas importaciones suele revelar en pocas semanas riesgos de reclasificación y oportunidades de ahorro arancelario no aprovechadas.

Lexy Capital es la unidad de fusiones, adquisiciones y corretaje de empresas de LEXY S.A.S. (NIT 901.473.063-1). Misma firma, mismo equipo. Si buscaba «Lexy Capital», está en el sitio correcto.