El mayor mercado de América Latina, y el que más pasos formales exige. La pieza que casi nadie tiene prevista es el procurador residente.
Un socio extranjero no residente puede ser dueño de una empresa brasileña, pero necesita dos cosas antes de empezar:
Si el socio extranjero sí reside en Brasil, lo que acredita ante la Junta Comercial es su visto de residencia permanente.
Cada paso depende del anterior. Saltarse el CPF o el procurador detiene todo lo demás.
El primer trámite, y el que condiciona el resto. Se puede hacer desde el exterior.
Poder al procurador residente, con facultad expresa de recibir citaciones judiciales. Se otorga fuera y se legaliza para tener efecto en Brasil.
Habitualmente LTDA, por flexibilidad y por ser la forma más reconocida. La actividad se define por su código CNAE, que después determina impuestos y licencias.
El documento que fija las reglas de la sociedad: capital, participación, administración y datos de los socios y del procurador.
Registro del Contrato Social ante la Junta Comercial del estado y obtención del CNPJ, el número de la empresa ante la Receita Federal.
Los documentos extranjeros exigen traducción jurada y, según el caso, apostilla o consularización. Es donde se pierde más tiempo si no se prevé.
Como firma legal colombiana con operación en Brasil, Lexy provee soluciones destacadas en constitución de sociedades LTDA con socio extranjero, obtención de CNPJ y estructuración del contrato social. Contamos con un equipo que coordina las dos jurisdicciones —y con procurador en Brasil— para empresarios de Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla con presencia en São Paulo, y respaldamos cada servicio con experiencia y especialidad. Somos una firma de abogados con base tecnológica y, a través de Lexy Capital, sumamos el corretaje de empresas.
Sí. Un extranjero no residente puede ser socio de una sociedad brasileña. Debe inscribirse en el CPF y otorgar una procuração a un procurador residente en Brasil —brasileño o extranjero con residencia— con poderes que incluyan expresamente recibir citaciones judiciales en su nombre. El socio extranjero que sí reside en Brasil acredita ante la Junta Comercial su visto de residencia permanente.
El CPF es el número de inscripción de la persona física, equivalente funcional a la cédula fiscal. El CNPJ es el número de la persona jurídica ante la Receita Federal, equivalente al NIT colombiano. El socio necesita CPF; la empresa, CNPJ.
Porque el sistema brasileño necesita a alguien dentro del país a quien notificar válidamente. Por eso el poder debe incluir de forma expresa la facultad de recibir citaciones judiciales: sin esa cláusula, la Junta Comercial no registra la sociedad.
No directamente. Los documentos extranjeros requieren traducción jurada al portugués y, según el documento y su origen, apostilla o consularización. Prever esos tiempos es la diferencia entre un trámite de semanas y uno de meses.
El mismo equipo, la misma coordinación. Sin buscar un abogado distinto en cada país.
SAS en pocos días, con RUT, cámara de comercio y todo listo para facturar.
🇺🇸LLC o Corporation sin ser residente. Registered agent, EIN y cuenta bancaria.
LTDA con socio extranjero: CPF, procuração y CNPJ ante la Junta Comercial.
Empezamos por el CPF y el procurador, que son los dos cuellos de botella. El resto avanza en paralelo.