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Lexy Abogados

Internacional · Estados Unidos

Registro de marca en Estados Unidos (USPTO)

Su registro en Colombia no vale en Estados Unidos. Y allí manda quien usa la marca en el comercio, no quien la registró primero en otro país.

Marcas fuera de Colombia, con el mismo criterio

Operamos como una de las principales firmas legales de Colombia en propiedad industrial, y eso incluye lo que pasa cuando la marca sale del país. Contamos con uno de los equipos de profesionales más robustos para empresas que exportan o venden en línea desde Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla, y respaldamos cada servicio con alta técnica jurídica y con el reconocimiento regional por sus grandes profesionales y operaciones exitosas. Somos Lexy Emprende Legal y Exitoso, y a través de Lexy Capital sumamos el corretaje de empresas.

Lo primero, porque cambia quién firma

Desde el 3 de agosto de 2019, la USPTO exige que todo solicitante domiciliado fuera de Estados Unidos esté representado por un abogado con licencia en Estados Unidos. No es una recomendación: sin esa representación el expediente no avanza.

Lexy no tiene licencia para litigar en Estados Unidos, y conviene decirlo antes que después. Lo que hacemos es el trabajo que decide el resultado: la búsqueda de anterioridades, la clasificación, la redacción de la identificación de productos y servicios, la prueba de uso y el seguimiento de plazos. La firma ante la USPTO la pone un abogado licenciado allí, con quien trabajamos. Usted tiene un solo interlocutor y una sola factura.

Cuánto cuesta ante la USPTO

Las tasas oficiales cambiaron el 18 de enero de 2025: desapareció la distinción entre TEAS Plus y TEAS Standard y quedó una tasa base única, con recargos según cómo se presente. Son tasas de la oficina, no honorarios.

ConceptoImporteCuándo aplica
Solicitud baseUS$ 350 por claseSiempre. Es el precio de entrada por cada clase de Niza que se reivindique
Recargo por información insuficienteUS$ 100 por claseSi la solicitud no cumple los requisitos de la solicitud base
Recargo por identificación propiaUS$ 200 por claseSi los productos y servicios se describen con texto propio en vez de tomarlos del manual de identificación de la USPTO
Declaración de uso (§ 8)Tasa aparteEntre el quinto y el sexto año desde el registro
Renovación (§ 8 y § 9)Tasa aparteEntre el noveno y el décimo año, y después cada diez

Los recargos son evitables casi siempre, y ahí es donde se nota si el expediente lo armó alguien que conoce el manual de la USPTO o alguien que escribió los productos de memoria.

Con uso o con intención de uso: la decisión que marca el calendario

En Estados Unidos la marca se gana usándola. La vía que se elija decide cuándo se puede registrar y qué hay que probar.

1

Uso en el comercio

Ya vende en Estados Unidos. Se acredita el uso desde el principio con pruebas reales —etiquetas, la tienda en línea, la factura— y el camino es el más corto.

2

Intención de uso

Todavía no vende allí. Se reserva la posición y después hay que presentar la declaración de uso dentro del plazo, con prórrogas limitadas. Si nunca se usa, se pierde.

3

Prioridad desde Colombia

Si presentó en Colombia hace menos de seis meses, puede reivindicar esa fecha en Estados Unidos. Pasado ese plazo, se pierde el beneficio.

4

Vía del Protocolo de Madrid

Una sola solicitud para varios países a partir de la base colombiana. Sale a cuenta con varios destinos; con uno solo, casi nunca.

El error que más caro sale

Dar por hecho que el registro colombiano protege en Estados Unidos. No lo hace: la marca es territorial. Y mientras tanto, quien esté usando ese mismo signo en el comercio estadounidense va acumulando derechos que después son muy difíciles de discutir. El momento de mirarlo es antes de exportar el primer contenedor o de abrir la tienda en Amazon, no cuando llega la primera carta.

Preguntas frecuentes

¿Mi marca registrada en Colombia me protege en Estados Unidos?

No. El registro de marca es territorial: el certificado de la Superintendencia de Industria y Comercio produce efectos en Colombia y solo en Colombia. Para tener derechos en Estados Unidos hay que registrar allí, ante la USPTO, o llegar por la vía del Protocolo de Madrid designando ese país.

¿Cuánto cuesta registrar una marca en la USPTO?

La tasa base es de US$ 350 por clase desde el 18 de enero de 2025, cuando desapareció la distinción entre TEAS Plus y TEAS Standard. A eso pueden sumarse US$ 100 por clase si la solicitud no cumple los requisitos de la solicitud base y US$ 200 por clase si los productos se describen con texto propio en vez de tomarlos del manual de la USPTO. Son tasas oficiales, aparte de los honorarios.

¿Puedo presentar la solicitud yo mismo desde Colombia?

No. Desde el 3 de agosto de 2019 la USPTO exige que todo solicitante domiciliado fuera de Estados Unidos esté representado por un abogado con licencia estadounidense. Lexy prepara y coordina el expediente completo y la firma ante la oficina la pone un abogado licenciado allí, con quien trabajamos.

¿Puedo registrar una marca en Estados Unidos si todavía no vendo allí?

Sí, por la vía de intención de uso. Reserva la posición, pero no es indefinida: hay que presentar la declaración de uso dentro del plazo, con prórrogas limitadas, y acreditar uso real en el comercio. Si el uso nunca llega, la solicitud se pierde.

¿Va a vender en Estados Unidos con una marca sin registrar allí?

La búsqueda de anterioridades cuesta poco y se hace en días. Descubrir que alguien más ya usa su signo después de imprimir el empaque, no.

Lexy Capital es la unidad de fusiones, adquisiciones y corretaje de empresas de LEXY S.A.S. (NIT 901.473.063-1). Misma firma, mismo equipo. Si buscaba «Lexy Capital», está en el sitio correcto.